Los criterios del tribunal médico para decidir sobre la Incapacidad Permanente

¿Cómo se determina el grado de una incapacidad laboral permanente?

El grado de una incapacidad permanente determina no solo la forma en la que se percibe la pensión, sino también la posibilidad de compatibilizar el cobro de la misma con el desempeño de un trabajo. El tribunal médico, en su recomendación a la Seguridad Social, no solo elabora una propuesta de concesión o denegación de la pensión de incapacidad permanente, también propone el grado de la misma en caso afirmativo.

Grados de la incapacidad permanente

La incapacidad permanente puede clasificarse en cuatro grados, cada uno de los cuáles dará derecho a la percepción de unas prestaciones u otras.

INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL EN DESEMPEÑO TRABAJO. Se trata de aquella incapacidad que, aunque no sea total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33 % en el desempeño de su trabajo. Es muy habitual recibirla tras un accidente laboral en el que se puede seguir realizando el trabajo, pero con una disminución del rendimiento.

INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA PROFESIÓN HABITUAL. Es aquella que inhabilita al trabajador para ejercer sus tareas profesionales pero que no le impide dedicarse a otras disciplinas.

INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA PARA TODA PROFESIÓN. Impide al trabajador realizar cualquier tipo de profesión.

GRAN INVALIDEZ. Es el grado de incapacidad permanente más severo. Se aplica a aquellas personas que sufren pérdidas anatómicas o funcionales por las que requiere la asistencia de otra persona para su vida diaria. Por ejemplo, para actividades de su vida diaria como asearse, salir de casa e incluso comer necesita ayuda de una tercera persona.

Los cinco criterios del tribunal médico para decidir el grado de una incapacidad permanente

Son cinco los criterios que el tribunal médico tiene en cuenta a la hora de proponer el grado de una pensión cuando recomienda a la Seguridad Social la concesión de la misma.

  • Los efectos de la enfermedad o lesión en su vida cotidiana. Si puede realizar, por ejemplo, de forma autónoma las actividades de su vida diaria o necesita ayuda de terceros…
  • Los efectos de la enfermedad o lesión en su vida laboral. Si le permite realizar correctamente las funciones asignadas a su puesto de trabajo y si puede realizar las funciones necesarias para otros trabajos.
  • Su cuadro clínico completo. Si tiene dolencias añadidas al margen de la que le lleva al tribunal. Esto puede ser clave, ya que los efectos de la enfermedad pueden acrecentarse si se combina con otra diferente.
  • Sus posibilidades de mejora. Es también clave. Si tiene posibilidades de recuperación es probable que el grado de la incapacidad permanente sea algo inferior que en un caso en el que no existan esas opciones.
  • Y otros criterios que ayudan al tribunal como historiales médicos, antecedentes médicos de casos similares al de estudio, el antiguo reglamento de accidentes de trabajo… Muchas veces también pueden se datos clave para lograr el reconocimiento o un grado superior de Incapacidad.

Si consideras que puedes cumplir parte de estos requisitos, cuéntanos tu caso personal para poder analizar la viabilidad de tu solicitud de incapacidad adaptada a cómo realmente valora el Tribunal Médico para aprobar la resolución de la incapacidad permanente que te permitirá luchar por tus correspondientes beneficios como una pensión por incapacidad.

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